La Titulación de PER (Patrón de Embarcaciones de Recreo) Permite el gobierno de embarcaciones de recreo a motor o a vela de hasta 15 metros de eslora, que habilita para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de ésta. Además permite la navegación entre islas dentro del archipiélago Balear y Canario. El PER también habilita el gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Para habilitar el título a 24 metros de eslora, será necesario realizar unas prácticas específicas de 24 horas de navegación continua, de las cuales 4 horas serán nocturnas, y permite la navegación entre la Península y Baleares.
Requisitos para la obtención del título: